Eficacia del Edicto Emplazatorio, como medio de publicidad, en las Sucesiones Intestadas

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Miguel Ángel Trejos Navarro

Resumen

La sucesión intestada permite la transferencia del patrimonio de un difunto, a los herederos que la ley designe, en caso de que no exista testamento o este haya sido declarado nulo. El artículo 1510 del Código Judicial, exige el cumplimiento del requisito de divulgación del proceso de sucesión intestada, a través del edicto emplazatorio, el cual será fijado en la secretaría del tribunal que tramita el expediente y publicado en un periódico que sea distribuido en todo el país.

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