El manejo debido de las incidencias procesales

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Juan Francisco Castillo Canto

Resumen

No cabe la menor duda que el proceso civil panameño es un proceso complejo. Y lo es porque definitivamente, en fase de postulación, permite la participación de cualquier cantidad de involucrados, con solo acreditar que tiene y mantiene alguna relación con el objeto del proceso. Igual aplica para la parte demandada, que puede comprometer a una o a muchas personas vinculadas con la pretensión.  También incide en la complejidad del proceso, que el sistema permita la invocación de excepciones procesales de todo tipo e incluso aquellas que no tienen una denominación conocida – las indeterminadas –.  Pero de todas, la situación que más conflicto crea en la tramitación regular de un caso, son los incidentes o cuestiones accidentales que se presentan en los procesos y que como la ley lo dice, requieren de una decisión especial.


Por supuesto que la atención de un proceso complejo, donde abundan acciones y mociones de todo tipo, por parte de los involucrados, provoca muchas dudas y ciertas irregularidades en la tramitación y conducción del proceso.


Afortunadamente el mismo sistema procesal panameño, tiene las herramientas jurídicas para responder a esas situaciones, sin afectar el debate de fondo que es el reconocimiento de los derechos consignados en la ley substancial. 


Son estas reflexiones producto del estudio analítico de las disposiciones del Código Judicial sobre el tema y la experiencia en el manejo de los casos, son las que queremos compartir en este escrito.

Detalles del artículo

Biografía del autor/a (VER)

Juan Francisco Castillo Canto, Órgano Judicial

Preparación académica:

Licenciado en Derecho y Ciencias Políticas. Universidad Nacional. Profesor de Derecho Especialista en Educación Superior. Universidad Nacional. Máster en Derecho Procesal Civil y Patrimonio de la Universidad Internacional de Andalucía, España (Título convalidado por la Universidad de Panamá).

Actividades académicas:

Profesor de Derecho (Licenciaturas y maestrías) en las Universidades Tecnológica de Azuero, Universidad Nacional (sedes Chitré, Los Santos y Santiago); en la Universidad Latina (sedes de Chitré, Santiago y Penonomé).

En la actualidad Profesor de Derecho Civil en el Centro Regional Universitario de Coclé. Capacitador de Escuela Judicial de Panamá (desde 1988 hasta la fecha) y Presidente del Consejo Consultivo del Instituto Superior de la Judicatura de Panamá.

Experiencia judicial:

Servidor Judicial de Carrera con más de 30 años de experiencia en el sistema de Administración de Justicia trabajando como: Escribiente, Asistente y Secretario de Sala Civil del Tribunal Tutelar de Menores de Panamá (1983-1988), Juez Primero Municipal Civil de Panamá (1988), Juez Municipal Mixto de Chitré (1988-1994), Juez Primero del Circuito de Herrera (1994 -2003), Magistrado Suplente de la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia (desde enero de 2005, hasta diciembre de 2007), Coordinador General de Implementación del Sistema Penal Acusatorio, desde julio de 2010, hasta el 3 de febrero de 2012. Magistrado del Tribunal Superior del Segundo Distrito Judicial (de enero 9 de 2003, a la fecha).

Referencias (VER)

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