El manejo debido de las incidencias procesales
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Resumen
No cabe la menor duda que el proceso civil panameño es un proceso complejo. Y lo es porque definitivamente, en fase de postulación, permite la participación de cualquier cantidad de involucrados, con solo acreditar que tiene y mantiene alguna relación con el objeto del proceso. Igual aplica para la parte demandada, que puede comprometer a una o a muchas personas vinculadas con la pretensión. También incide en la complejidad del proceso, que el sistema permita la invocación de excepciones procesales de todo tipo e incluso aquellas que no tienen una denominación conocida – las indeterminadas –. Pero de todas, la situación que más conflicto crea en la tramitación regular de un caso, son los incidentes o cuestiones accidentales que se presentan en los procesos y que como la ley lo dice, requieren de una decisión especial.
Por supuesto que la atención de un proceso complejo, donde abundan acciones y mociones de todo tipo, por parte de los involucrados, provoca muchas dudas y ciertas irregularidades en la tramitación y conducción del proceso.
Afortunadamente el mismo sistema procesal panameño, tiene las herramientas jurídicas para responder a esas situaciones, sin afectar el debate de fondo que es el reconocimiento de los derechos consignados en la ley substancial.
Son estas reflexiones producto del estudio analítico de las disposiciones del Código Judicial sobre el tema y la experiencia en el manejo de los casos, son las que queremos compartir en este escrito.
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Referencias (VER)
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