El contrato público, ¿Un acto administrativo?
The public contract, an administrative act?
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Resumen
El presente trabajo analiza la definición del contrato público a partir del concepto del acto administrativo. Propugna que, las semejanzas entre ambas definiciones dan cuenta de que, el contrato público, en el ordenamiento jurídico panameño, se trata de un acto administrativo. Para ello, hace un estudio de las disposiciones de la ley de contratación pública en relación con el contrato público; analiza las normas de la ley de contratación pública que determinan las disposiciones aplicables a los contratos públicos y que regulan su interpretación, a la vez que hace un estudio de derecho comparado, a este respecto. Asimismo, identifica las similitudes que existen entre las definiciones del contrato público y acto administrativo, y realiza un análisis de la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia, en relación con la clasificación del contrato público como un acto administrativo. Se concluye, con base en lo anterior, que el contrato público es un acto administrativo de carácter bilateral en el que intervienen la administración pública, con miras a la satisfacción del interés colectivo y otra entidad o persona natural o jurídica, encargada de prestar el servicio, bien u obra requerida por aquel sujeto.