La Excepción de Grave Riesgo en el Convenio de La Haya de 1980
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Resumen
Este ensayo tiene por objetivo promover que las autoridades judiciales competentes y otro actor dentro del proceso que participan en las solicitudes de restitución internacional apliquen de forma uniforme la excepción que aborda el Convenio de La Haya (1980) artículo 13(1)(b) que también es conocido como la excepción de grave riesgo. De igual forma pretende motivar al lector a profundizar este tema a través de lecturas de diversos documentos elaborados por la conferencia de La Haya, fundamentalmente las Guías de buenas prácticas sobre este convenio, que ofrecen criterios sobre la interpretación de esta excepción.
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Referencias Ver
Boletín de Jueces sobre la protección Internacional de los niños. Se publicó por primera vez 1999 y su publicación es anual. https://www.hcch.net/es/publications-and-studies/details4/?pid=4823.
Convención sobre los Aspectos Civiles de Sustracción Internacional de Menores, hecho en La Haya el 25 de octubre de 1980, aprobado por Ley 22 del 10 de diciembre de 1993.
Convención de los Derechos del Niño. Aprobado por Ley 15 del 6 de noviembre de 1990.
Guía de Buenas Prácticas, Parte VI. Art. 13 (1)(b). Convenio de 1980.
Informe Explicativo del Convenio de la Haya sobre Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores.
Tenorio, L., & Tagles , G. (2001). Restitución Internacional de la Niñez Enfoque Iberoamericano doctrinario Jurisprudencial. Porrúa.