Las licencias no voluntarias por emergencia nacional y su aplicación en tiempos de pandemia.

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Eric Edgardo Velasco Caballero

Resumen

En este artículo, el autor aborda el tema de las licencias no voluntarias o compulsorias sobre invenciones patentadas justi­cadas en una emergencia nacional de salud pública, valiéndose del estudio de casos generados por la pandemia COVID-19 de 2020.

Detalles del artículo

Biografía del autor/a (VER)

Eric Edgardo Velasco Caballero, Organo Judicial de la República de Panamá

Asistente de Magistrado de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia

Organo Judicial de la República de Panamá

Licenciado en Derecho y Ciencias Políticas egresado de la Universidad de Panamá. Cuenta con estudios técnicos en publicidad y comercialización, Especialización en Docencia Superior por la Universidad de Panamá, Maestría en Derecho Empresarial por la Universidad Latinoamericana de Ciencias y Tecnología; Maestría en Derecho Procesal por la Universidad Interamericana de Panamá y Maestría en Derecho Penal y Derecho Procesal Penal por el Instituto de Estudios e Investigación Jurídica de Nicaragua. Ha sido entrenado en Derechos de Propiedad Intelectual por el Centro de Estudios de Derecho Comparado de Kioto, Japón y la Academia Mundial de la Organización de la Propiedad Intelectual.

Cuenta con más de 20 años de experiencia en el Órgano Judicial de Panamá, ocupando cargos como Juez Municipal, Juez de Circuito Suplente Especial y Asistente Ejecutivo en la Jurisdicción de Libre Competencia y Asuntos del Consumidor. En la actualidad, ocupa el cargo de Asistente de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia de Panamá. Es docente universitario de las cátedras de Derecho Intelectual y Derecho de la Competencia. Miembro del Instituto Interamericano de Derecho de Autor (IIDA) y de la Red Iberoamericana de Expertos en Propiedad Industrial.

Referencias (VER)

Asamblea Nacional de la República de Panamá. Ley N° 61 de 2012 “que reforma la Ley 35 de 1996, por la cual se dictan disposiciones sobre la Propiedad Industrial”. Gaceta O¬cial N°27136 de 5 de octubre de 2012. Recuperado de https://www.asamblea.gob.pa/APPS/LEGISPAN/PDF_NORMAS/2010/2012/2012_597_1849.Pdf

Órgano Ejecutivo de la República de Panamá. Decreto Ejecutivo N°85 de 4 de junio de 2017 “Reglamento de la Ley 35 de 1996”. Gaceta O¬cial N°28316 de 6 de julio de 2017. Recuperado de http://gacetas.procuraduria-admon.gob.pa/28316_2017.pdf

Órgano Ejecutivo de la República de Panamá. Resolución de Gabinete N°11 de 13 de marzo de 2020 “Que declara el Estado de Emergencia Nacional y dicta otras disposiciones”. Gaceta O¬cial N°28979-B de 13 de marzo de 2020. Recuperado de https://www.gacetaoficial.gob.pa/pdfTemp/28979_B/77812.pdf

Cámara de Diputados de la República de Chile. Resolución N°896 de 17 de marzo de 2020. Recuperado de https://www.camara.cl/verDoc.aspx?prmId=6028&prmTipo=ACUERDO

Oñate Acosta, T. (2012). Los países en desarrollo, la Ronda de Doha y el Acuerdo sobre los Acuerdos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio. Reflexiones. Propiedad Intelectual, 423-439. Editorial Universidad del Rosario.

Van Rompaey, K. (2009). Salud global y derechos humanos: propiedad intelectual, derecho a la salud y acceso a los medicamentos. Anuario de Derecho Constitucional Latinoamericano, 497- 522. Uruguay.