El pago por consignación.
Contenido principal del artículo
Resumen
El derecho, como materia encargada de resolver las controversias dadas entre los sujetos de derecho privado. Uno de los presupuestos que se toman en cuenta es el que se da cuando el acreedor no quiere recibir el pago de lo que se debe, ya sea que se trate de una suma de dinero o de una cosa. Tanto el Código Civil como el Código Judicial, le presentan al deudor una opción para que pueda extinguir la obligación, a pesar de la renuencia del acreedor para recibir el pago.
Detalles del artículo
Referencias Ver
Código Civil de la República de Panamá. (2012). Panamá: Sistema Jurídicos S.A.
Código Judicial de la República de Panamá. (2018). Panamá: Sistemas Jurídicos S.A.
Corte Suprema de Justicia de Panamá. Sala Primera de lo civil. (13 de febrero de 1998). Magistrado Ponente: Rogelio A. Fábrega Z.
Ley N° 1564 del 12 de julio de 2017, Código General del Proceso. Colombia. Obtenido de: http://www.icdp.org.co/descargas/cgp/CodigoGeneralDelProceso12Julio2012.pdf