Modificaciones del remate o venta judicial surgidos por la Ley 415 de 22 de noviembre de 2023

Modifications to the judicial auction or sale arising from Law 415 of November 22, 2023

Contenido principal del artículo

Karen Julissa García de Olivardia

Resumen

Este artículo analiza la finalidad del legislador al modificar el procedimiento aplicable en los tribunales ordinarios y la jurisdicción coactiva al llevar a cabo la venta judicial o el remate. Consideramos que la ley a escudriñar, ha pasado desapercibida, por lo que resulta importante resaltar como las reformas han sido un avance para la justicia rogada, ya que, al transformase el mecanismo para que el juzgador fije el valor de los bienes inmuebles, sometidos a subasta, le garantiza a las partes que componen una litis, la certeza del valor real en el comercio, eso incluye al Estado, ya que al recaudar los impuestos producto de la aludida venta, entrarán a las arcas los dineros conforme a los tiempos en que el predio es subastado.


No obstante, las problemáticas que consideramos han de surgir producto de esta implementación, es la breve duración que tendrá en nuestro ordenamiento jurídico, ya que en octubre de 2025 entra a regir el nuevo Código Procesal Civil y en él, no se contempló los avances aquí estudiados, ya que en el procedimiento entrante muy distinto a la reforma en cuestión se contempla que, servirá de base para el remate la suma fijada por las partes en la escritura de hipoteca; si por el contrario no se le fijó monto al predio la base será la que resulte mayor de la establecida en el valor catastral fijado o la que arroje una impresión emanada por un perito derivada de una diligencia de avalúo judicial. Conforme a ello consideramos que, con el tiempo tendrán que surgir reformas, ya que como plasmaremos, la ley bajo escrutinio se ajusta a las modernidades y brinda muchos beneficios legales y procesales tanto para las partes como para el Estado en materia de recaudación de impuestos.

Detalles del artículo

Biografía del autor/a Ver

Karen Julissa García de Olivardia, Órgano Judicial

KAREN PÉREZ GARCÍA DE OLIVARDIA

Es licenciada en Derecho y Ciencias Políticas por la Universidad de Panamá, Mediadora certificada por la Universidad del Istmo (UDI), Máster en Docencia Superior por la Universidad Euroamericana, Especialidad en Docencia Superior por la Universidad Euroamericana, Especialidad en Derecho Procesal Civil de la Universidad Metropolitana de Educación, Ciencia y Tecnología (UMECIT), Diplomado en Formación de Formadores para la Investigación y Juzgamiento en la Jurisdicción de Cuentas por la Universidad Especializada de las Américas (UDELAS). Ha ocupado distintas posiciones en el Órgano Judicial, como oficial mayor, secretaria judicial, asistente técnico Legal. Se desepeñó como Asistente de Fiscal en la Fiscalía Especializada en Asuntos Civiles, Agrarios y Familia, Fiscal Adjunta en la Fiscalía Regional de San Miguelito en el Sistema Penal Acusatorio ambas del Ministerio Público. Fue abogada litigante en el área Civil, Comercial, Familia y Niñez y Adolescencia. Fungió como Coordinadora de Fiscales de Investigación en la Fiscalia General de Cuentas; en la actualidad se desempeña como Defensor Asistente de la Defensoría Especial de Integridad y Transparencia del Órgano Judicial

 

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