Sapientia https://revistasapientia.organojudicial.gob.pa/index.php/sapientia <p>La revista Sapientia es una publicación de carácter jurídico del Órgano Judicial de Panamá (O J), que divulga documentos de revisión en las áreas del derecho constitucional, administrativo, penal, procesal, laboral y tributario, fiscal, humanos, familia, Métodos Alternos de Resolución de Conflictos, agrario, electoral, internacional privado, comparado, financiero, ambiental, ética, civil, comercial, marítimo, bancario, asuntos del consumidor, libre competencia, laboral, derecho informático y está orientada a publicar ensayos y artículos en las diferentes disciplinas relacionas con estas especialidades. Sus publicaciones son trimestrales (Periodos marzo, junio, septiembre y diciembre).</p> <p> </p> es-ES Edita.degaribaldi@organojudicial.gob.pa (Dra. Edita de Garibaldi) levi.clarke@organojudicial.gob.pa (Ing. Levi Clarke) mié, 27 mar 2024 17:42:21 -0500 OJS 3.2.1.2 http://blogs.law.harvard.edu/tech/rss 60 Principio o criterio de oportunidad en el Sistema Penal Acusatorio https://revistasapientia.organojudicial.gob.pa/index.php/sapientia/article/view/513 <p>Existe una discusión entre los procesalistas que se dedican al estudio de lo penal.&nbsp; La controversia tiene como punto medular el determinar si el Ministerio Público puede aplicar el criterio de oportunidad sin necesidad de realizar la imputación.&nbsp; Se observará que, efectivamente, y procesalmente hablando, en ciertos casos, el agente de investigación puede hacer uso de la herramienta procesal en cuestión sin judicializar la causa, mientras que, en otros casos, dependiendo del sentir de la víctima, deberá acudir ante el juez de garantías, tercero imparcial que dictaminará lo que en derecho corresponda.</p> <p>Lo que buscamos es promover el debate para determinar que, bajo el dúctil proceso penal acusatorio y contradictorio, posiblemente es viable, en algunos casos delimitados, que el agente acusador pueda hacer uso del criterio o principio de oportunidad.&nbsp; Todo esto a partir de los principios fundamentales que rigen nuestro sistema penal.&nbsp; Es decir, tendremos como sustento la economía procesal, la mínima aplicación e intervención del derecho penal, la voluntad de las partes, y el mandato constitucional que nuestra carta regente da al Ministerio Público, entre otros.</p> <p>Veremos entonces, sobre la base de posibles casos, cuál es la practicidad o no, en que el agente fiscal pueda ejercer esa opción que la ley le otorga al decidir cuando no es viable la persecución de un determinado (presunto) delito, sin necesidad de judicializar la causa.</p> Carlos Manuel Pedro Pablo Barragán Quirós Derechos de autor 2024 https://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0 https://revistasapientia.organojudicial.gob.pa/index.php/sapientia/article/view/513 mié, 27 mar 2024 00:00:00 -0500 El contrato público, ¿Un acto administrativo? https://revistasapientia.organojudicial.gob.pa/index.php/sapientia/article/view/515 <p>El presente trabajo analiza la definición del contrato público a partir del concepto del acto administrativo. Propugna que, las semejanzas entre ambas definiciones dan cuenta de que, el contrato público, en el ordenamiento jurídico panameño, se trata de un acto administrativo. Para ello, hace un estudio de las disposiciones de la ley de contratación pública en relación con el contrato público; analiza las normas de la ley de contratación pública que determinan las disposiciones aplicables a los contratos públicos y que regulan su interpretación, a la vez que hace un estudio de derecho comparado, a este respecto. Asimismo, identifica las similitudes que existen entre las definiciones del contrato público y acto administrativo, y realiza un análisis de la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia, en relación con la clasificación del contrato público como un acto administrativo. Se concluye, con base en lo anterior, que el contrato público es un acto administrativo de carácter bilateral en el que intervienen la administración pública, con miras a la satisfacción del interés colectivo y otra entidad o persona natural o jurídica, encargada de prestar el servicio, bien u obra requerida por aquel sujeto.</p> José Roberto Castro Montilla Derechos de autor 2024 https://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0 https://revistasapientia.organojudicial.gob.pa/index.php/sapientia/article/view/515 mié, 27 mar 2024 00:00:00 -0500 Perspectiva de los actores sobre los Procesos Penales actuales https://revistasapientia.organojudicial.gob.pa/index.php/sapientia/article/view/516 <p>Los actores en el proceso penal toman relevancia en este nuevo sistema y la función que ejerce cada uno de ellos queda plasmado en el Código Procesal Penal. Esto trae consigo un sinnúmero de cambios que influyen de manera positiva en la efectividad del mismo. Los cambios significaron una renovación que fortaleció el sistema panameño<strong>,</strong> inclinándolo a una reforma procesal penal enfocada en garantizar de una manera más efectiva el cumplimiento de los derechos y el respeto de sus principios y garantías. Para que todos estos elementos se materialicen de manera segura, imperativo contar con la participación activa de diversos actores, cada uno desempeñando un papel específico. Esta colaboración no solo proporciona una estructura sólida, sino que también asegura una organización coherente y eficiente de todos los componentes involucrados.</p> <p>Los participantes aportaron, basándose en su experiencia, perspectiva de cómo se produce este nuevo proceso penal. A partir del análisis de cada respuesta, los actores tienen una perspectiva positiva de los procesos penales. En diferentes ítems se observa cómo es constante que expresen su eficacia. Con base en ello, se concluye que la incorporación del proceso penal ha sido un cambio significativo en cuanto a la forma de impartir justicia.</p> Luis Gabriel Peñalba Ríos Derechos de autor 2024 https://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0 https://revistasapientia.organojudicial.gob.pa/index.php/sapientia/article/view/516 mié, 27 mar 2024 00:00:00 -0500 El principio de supletoriedad en la jurisdicción penal de adolescentes: problemática en su aplicación práctica https://revistasapientia.organojudicial.gob.pa/index.php/sapientia/article/view/517 <p>Es importante reflexionar sobre la actual situación del Régimen Especial de Responsabilidad Penal del Adolescente (RERPA) y, para ello, analizaremos diversas corrientes de pensamientos, materializadas tanto en la doctrina como en la jurisprudencia, en relación al principio de supletoriedad dentro del proceso penal juvenil.</p> <p>Al momento que el Juez Penal de Adolescentes le corresponde aplicar el principio de supletoriedad y acudir al Sistema Penal Acusatorio como norma supletoria, se va a encontrar una serie de incompatibilidades, como las que se detallarán en el presente trabajo, dejando al descubierto el quebrantamiento por acción u omisión de los derechos humanos de los adolescentes en conflicto con la ley penal.</p> <p>De esta manera, se evidenciará la urgencia de una reforma procesal en la jurisdicción penal de adolescentes, al igual que la jurisdicción ordinaria en adultos. Esto implica la creación de un nuevo sistema penal juvenil de corte acusatorio que cumpla con las tendencias actuales en el respeto de los derechos humanos.</p> Rafael Bernal Rodríguez Derechos de autor 2024 https://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0 https://revistasapientia.organojudicial.gob.pa/index.php/sapientia/article/view/517 mié, 27 mar 2024 00:00:00 -0500 Implementación de medidas cautelares innominadas en el proceso contencioso administrativo en Panamá https://revistasapientia.organojudicial.gob.pa/index.php/sapientia/article/view/518 <p>El proceso contencioso administrativo en Panamá tiene su génesis a partir de una normativa especial con la implementación de la Ley 135 (1943), misma que instituía la Jurisdicción Contenciosa Administrativa, regulándose así lo que constituía el procedimiento gubernativo y luego el procedimiento de control judicial de los llamados actos administrativos, este último concepto sobre el cuál básicamente se centra el marco de acción del control de legalidad en gran parte de nuestros países de Latinoamérica y por ende de Panamá.</p> <p>Desde ese entonces y mediando tan sólo una modificación de esta ley en el transcurso de 80 años hasta nuestros días, este procedimiento contencioso administrativo solo contempla la suspensión del acto administrativo como única medida cautelar a fin de evitar que ante el grave riesgo que involucre o denote a los derechos subjetivos o intereses legítimos de alguna de las partes involucradas en un proceso de contencioso administrativo, puedan verse estos en serio riesgo al momento de resolver la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia el fondo, haciendo que resulte ya para los efectos prácticos, un fallo ilusorio. De modo que no siempre la suspensión de los efectos del acto administrativo agota este propósito tuitivo, surgiendo la interrogante sobre la viabilidad de la aplicación de medidas que la doctrina y el derecho comparado identifica como innominadas y en caso afirmativo bajo qué parámetros o circunstancias.</p> Eduardo Vargas Reyes Derechos de autor 2024 https://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0 https://revistasapientia.organojudicial.gob.pa/index.php/sapientia/article/view/518 mié, 27 mar 2024 00:00:00 -0500