Detención provisional o libertad bajo cautela aproximación a un derecho garantista y utilitarista

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Carlos Manuel Pedro Pablo Barragán Quirós

Resumen

La detención provisional, ha sido a través de la historia uno de los temas más discutidos y atacados en el Derecho Procesal Penal.  Mediante la utilización de esta medida instrumental las cárceles se han mantenido hinchadas de culpables y no culpables.  En este conciso ensayo pretendemos proyectar que la privación de libertad no debe convertirse bajo ninguna circunstancia en una pena anticipada.  Los embates que padece una persona en un centro penitenciario no tienen vuelta atrás.  El juzgador, al momento de decidir sobre lo que argumenten las partes, debe avocarse a una justificada, proporcional e idónea detención provisional o una libertad con ciertas limitaciones.  Por esto, la detención provisional es la última ratio, la última medida que se ha de aplicar para asegurar el proceso, a la víctima y la sociedad en general.

Detalles del artículo

Biografía del autor/a Ver

Carlos Manuel Pedro Pablo Barragán Quirós, Órgano Judicial

Es nombrado juez de garantías en la provincia de Colón, con la entrada en vigor del Sistema Penal Acusatorio en el distrito de Panamá.  Actualmente se desempeña como juez de garantías del Segundo Circuito Judicial de Panamá.  Inicia en el Órgano Judicial de Panamá en el 2004, ocupando desde entonces todas las posiciones del llamado escalafón de la otrora carrera judicial.  Posee maestría en Docencia Superior; Sistema Penal; Derecho Penal y Derecho Procesal Penal, entre otros.  Ha publicado varios artículos en esta Revista Sapientia.  Obtuvo el 2do lugar en el primer concurso de ensayo jurídico de esta institución en el 2016.  Autor de los libros: El Juez de Garantías en el Sistema Penal Acusatorio. Un coloquio doctrinal y jurisprudencial autopoiéticamente necesario e ineludible… (2020); y, Procesos Disciplinarios ante El Ministerio de Educación (2012).

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